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Programas Individuales de Atención. Las ayudas PIA

Publicado por ASISTED el 25 diciembre, 2018

Ayudas PIA

¿Sabes qué son las ayudas PIA? Son ayudas para la asistencia domiciliaria de una persona dependiente. Ayudas que le permiten a ésta recibir asistencia desde la seguridad y tranquilidad de su hogar. Que hacen más fácil y llevadero el cuidado y la atención de nuestro familiares y su entorno, desde la comodidad de casa.

Por eso os queremos hablar de ellas. Porque si uno cuenta con recursos para poder dar asistencia a la persona dependiente en su propio domicilio con un asistente profesional todo son ventajas, sobre todo para el asistido.

Los Programas Individuales de Atención (PIA) son servicios y prestaciones económicas destinadas a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

El Programa Individual de Atención es un informe elaborado por los Servicios Sociales correspondientes al municipio de residencia de la persona solicitante y recoge las modalidades de intervención más adecuadas a la persona en función de los recursos previstos en la resolución para su grado de dependencia reconocido.

Una vez tengamos la resolución de reconocimiento del derecho a la prestación aprobada con un grado de dependencia asignado, la persona dependiente tendrá acceso al servicio de atención domiciliaria. Te recordamos que ASISTED gestiona dicho proceso para nuestros clientes.

El servicio de atención domiciliaria incluye servicios como:

  • Higiene y cuidado de las personas (baño, higiene corporal, cambio de ropa, etc.)
  • Ayuda físico-motriz (levantar, acostar, caminar)
  • Control de la alimentación, medicación y cuidado de la salud
  • Comidas a domicilio, limpieza a domicilio (mantenimiento, puntual y de choque) y lavandería
  • Acompañamientos fuera del hogar (visitas médicas, gestiones bancarias, etc.)
  • Orientación en la administración de la economía del hogar.
  • Ayuda y apoyo a las personas cuidadoras.

¿Qué contenido tiene la propuesta de las ayudas PIA?

La propuesta del Programa Individual de Atención tendrá el siguiente contenido:

1. Datos identificativos y bancarios de la persona en situación de dependencia.

2. Circunstancias personales y familiares.

3. Objetivos.

4. Propuesta de modalidad de intervención, con indicación de lo siguiente:

  • Servicio o servicios propuestos, con indicación de las condiciones específicas de la prestación de éste (centro, intensidad, periodos, etc).
  • En su caso, de no ser posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, propuesta de prestación económica vinculada al servicio.
  • Excepcionalmente, propuesta de prestación económica para cuidados familiares, cuando la persona beneficiaria esté siendo atendida en su entorno familiar y se reúnan las condiciones adecuadas de convivencia y habitabilidad de la vivienda.
  • Prestación económica de asistencia personal, con indicación de las condiciones específicas de acceso a dicha prestación.

¿Quién debe aprobar las ayudas PIA?

La persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, previas las comprobaciones que procedan, dictará resolución por al que se aprueba el Programa Individual de Atención.

¿Qué se puede hacer en caso de disconformidad con la resolución que reconoce el derecho a la prestación (aprobatoria del PIA)?

La resolución de reconocimiento del derecho a la prestación puede ser recurrida en alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.

Es competente para resolver el recurso la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, adscrita a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó la resolución o ante el competente para resolverlo.

Como vemos, la administración de cada comunidad autónoma proporciona ayudas económicas para que un dependiente pueda contar con un asistente en su domicilio. ASISTED, entidad certificada por la Generalitat de Catalunya, te ayuda a averiguar si tienes derecho a solicitarlas y lo gestionamos por ti.

Para ASISTED, como empresa líder en el sector y con su recorrido de 40 años de experiencia y conocimiento, la tranquilidad y seguridad de nuestros clientes es lo más importante. Y eso incluye ayudarte y gestionar el tedioso proceso de tramitar dichas prestaciones por ti.

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